La custodia compartida

La custodia compartida es un derecho, al que no se puede ni debe renunciar.
Un derecho que nace de la familia y que hay que respetar antes, durante, y después del matrimonio.

Cualquier convenio del que se derive la privación no voluntaria de la custodia para uno de los progenitores, aunque sea de mutuo acuerdo, es un acto injusto, que atenta contra el derecho de los hijos a seguir teniendo padre y madre en igualdad de condiciones después del matrimonio.
 Los jueces no pueden privar a los hijos de tales derechos.

La custodia compartida debe ser aplicada cuando los propios intereses de los hijos lo requieran, y siempre y cuando vaya a suponer la mejor solución que podría ser adoptada con respecto a sus intereses.
Este tipo de custodia debería, también, suponer el adiós a la alienación parental, que se refiere al comportamiento que adopta uno de los cónyuges respeto a su hijo, haciéndole creer y crear lazos de desvinculación en relación con el otro progenitor, alentando sentimientos de odio frente al otro progenitor que, en un principio, no eran propios del menor.

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